Actualmente Vacía: S/ 0.00
forense
- febrero 3, 2025
- Educación,
- De Comentario 0
Existe lineamientos para la adecuada aplicación judicial del artículo 15° del Código Penal en los procesos interculturales por delitos de violación sexual contra niñas y adolescentes.
Estos lineamientos se encuentran establecidos en el Acuerdo Plenario N° 01-2015/CIJ-116 de la Corte Suprema.
Entre los principales objetivos fue discutir la aplicación judicial del artículo 15° del Código Penal y su relación con los procesos interculturales, especialmente en casos de violación de niñas y adolescentes, buscando un enfoque que respete la diversidad cultural y, al mismo tiempo, garantice la protección de los derechos de las víctimas.
Finalmente, una de las respuestas que ofrece este Acuerdo Plenario, es que la realización de una pericia antropológica ha resultado decisiva en todos los casos, por lo tanto, la tarea del juez es verificar que la pericia sea realizada por un profesional idóneo con experiencia certificada y así nuevamente, el enfoque debe de estar en el origen de la tradición citada y si es válida actualmente.
Para conocer más sobre los detalles de este Acuerdo Plenario, te invitamos a descargar de forma gratuita el documento.




